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Organizaciones Civiles Celebran Fallo Histórico de la SCJN que Protege a Trabajadores de Humo de Tabaco y Frena Amparos de la Industria

  • Foto del escritor: Pulso Saludable
    Pulso Saludable
  • 30 sept
  • 2 Min. de lectura

Por: Liliana Noble Alemán

@pulsosaludable


La  Suprema Corte de México Prioriza la Salud: Prohíben Alimentos y Bebidas en Zonas Exclusivas para Fumar
La Suprema Corte de México Prioriza la Salud: Prohíben Alimentos y Bebidas en Zonas Exclusivas para Fumar

CIUDAD DE MÉXICO, 30 DE SEPTIEMBRE DE 2025. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido una resolución histórica que protege el Derecho a la Salud de la población, especialmente de los trabajadores, al fallar en contra de los amparos interpuestos por la industria tabacalera contra el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT).


La sentencia dictamina que ningún establecimiento debe servir alimentos y bebidas en las zonas exclusivas para fumar. Esta decisión sienta un precedente al poner la salud pública por encima de los intereses comerciales de la industria, y convierte el criterio en jurisprudencia.


Erick Antonio Ochoa, director de Salud Justa Mx, celebró el fallo, indicando que la nueva composición de la Corte determinó proteger la salud.

"Resolvió que, si se permitiese la prestación de servicios de alimentos y comidas en las zonas exclusivas para fumar, perdería sentido el objeto de la LGCT,” afirmó Ochoa.

El Pleno de la Corte dispuso que esta resolución debe prevalecer, lo que implica que cualquier establecimiento que incumpla la norma podrá ser sancionado sin recurso legal ulterior. La sentencia protege directamente a las personas trabajadoras que, de otra forma, estarían en constante contacto con el humo de tabaco.

"Con esta resolución histórica, ningún establecimiento debe servir alimentos y bebidas en las zonas exclusivas para fumar," subrayó el director de Salud Justa Mx.

La resolución también clarifica que las zonas exclusivas para fumar únicamente deben estar ubicadas al aire libre, y será la Secretaría de Salud la encargada de establecer las disposiciones específicas para dichas áreas. Esta decisión se basa en un proyecto liderado por la ministra Lenia Batres Guadarrama.

"Esperamos que los litigios que quedan también sean resueltos luego de la revisión de la contradicción de criterios,” concluyó Ochoa, señalando los litigios pendientes sobre la prohibición de publicidad y exhibición de cigarros.

Esta sentencia histórica fortalece el marco legal para los Ambientes Libres de Humo de Tabaco en México, aunque aún queda pendiente la resolución de amparos relacionados con la prohibición de publicidad, promoción, patrocinio y exhibición de cigarros en tiendas de conveniencia.

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