Sheinbaum Pide Claridad en Reforma de Amparo para Evitar Retroactividad
- Pulso Saludable
- hace 2 días
- 2 Min. de lectura
Por: Liliana Noble Alemán
@pulsosaludable

CIUDAD DE MÉXICO, 3 DE OCTUBRE DE 2025. Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, coordinador general de Política y Gobierno, abordó el debate generado por un artículo transitorio en el decreto de reformas a la Ley de Amparo, enfatizando que en su administración no se avalan leyes ni actos que perjudiquen a persona alguna. Aunque reconoció el esfuerzo de los senadores por escuchar opiniones y ajustar la iniciativa, señaló que la redacción del primer artículo transitorio, en su segundo párrafo, carece de la claridad necesaria.
Este artículo transitorio establece que los asuntos en trámite continuarán rigiéndose por las nuevas disposiciones, lo cual ha generado controversia sobre su constitucionalidad. El Ministro Zaldívar recordó el principio fundamental del artículo 14 constitucional: "A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona", salvo que sea para beneficio.
Al analizar la naturaleza de las leyes procesales, como la Ley de Amparo, el Ministro explicó la jurisprudencia reiterada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Esta doctrina indica que las nuevas leyes procesales se aplican solo a los actos posteriores a su entrada en vigor, no a actuaciones previas.
"La corte ha establecido jurisprudencia reiterada desde hace mucho tiempo donde ha dicho lo siguiente, lo primero que es un proceso está conformado por diferentes actos y etapas que están regulados por este tipo de leyes."

La intención de los legisladores, según Zaldívar, parece haber sido aplicar la nueva ley a las etapas futuras, lo que no implicaría retroactividad. Sin embargo, la falta de claridad en el precepto "ha dado lugar a un debate innecesario y a ciertas críticas, descalificaciones y también preocupaciones legítimas."
La presidenta de la SCJN ha sido "muy enfática" en reiterar que no están a favor de la retroactividad. Por ello, en un ánimo de diálogo institucional, el Ministro Zaldívar presentó sugerencias "respetuosamente" para clarificar el artículo sin modificar su sentido de fondo, buscando dejar sin duda que la nueva Ley de Amparo se aplique solo al futuro.
Las adecuaciones propuestas son:
Establecer que la Ley de Amparo es una ley procesal, lo que ayuda a la comprensión del público.
Prever con claridad contundente que las etapas procesales concluidas generaron derechos adquiridos y se rigen por las normas vigentes al momento de su actuación.
Establecer que las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del decreto se regirán por las nuevas disposiciones, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos.
"Si se establece claramente... que la ley de amparo es una ley procesal, de inmediato, se advierte que el juego de la leyes distinta y que se aplica la jurisprudencia."
El Ministro concluyó reiterando su llamado a la claridad:
"Si este precepto no es suficientemente claro exhortamos respetuosamente a que se aclare para que la duda quede sin ningún problema que reforma y solamente al futuro para hacer más ágil el juicio de Amparo..."
Comentarios