¡Adiós a los vapes! Cárcel y multas millonarias por vender cigarrillos electrónicos a partir de hoy
- Pulso Saludable
- 16 ene
- 2 Min. de lectura
Por: Liliana Noble Alemán
@pulsosaludable

CIUDAD DE MÉXICO A 16 DE ENERO DEL 2026. Hoy, viernes 16 de enero de 2026, marca un antes y un después en la regulación de sustancias en México. Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación el día de ayer, ha entrado en vigor el decreto que establece la prohibición de cigarrillos electrónicos y vapeadores en todo el territorio nacional, mediante una reforma profunda a la Ley General de Salud.
La normativa es tajante al añadir el Artículo 282 Ter, el cual dicta que:
"Queda prohibida en todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos".
Penas de cárcel y multas económicas La reforma no solo prohíbe el producto, sino que criminaliza la cadena de suministro. Las autoridades han establecido que quienes infrinjan estas nuevas disposiciones enfrentarán sanciones severas. El texto legal detalla que se aplicará prisión de 1 a 8 años a quien comercialice, fabrique o distribuya estos dispositivos.
Además de la privación de la libertad, el decreto contempla sanciones económicas que van desde las 100 hasta las 2,000 veces el valor diario de la UMA. En términos reales, las multas por violar la prohibición de cigarrillos electrónicos podrían oscilar entre los $11,700 y los $234,000 pesos mexicanos.
¿Qué pasa con la publicidad y los permisos actuales? La ley también elimina cualquier posibilidad de promoción en el entorno digital y físico, señalando que:
"Queda prohibida cualquier forma de publicidad, promoción o propaganda, tanto directa como indirecta, de los productos referidos... en cualquier medio de comunicación, plataformas digitales o redes sociales".
Para aquellos negocios que operaban bajo la legalidad anteriormente, los artículos transitorios son claros al mencionar que:
"Las autorizaciones sanitarias que hubieran sido otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, quedarán sin efectos de manera inmediata".
Cabe destacar que, aunque la prohibición de cigarrillos electrónicos es total para la venta y distribución, el texto se enfoca en fines comerciales, por lo que el consumidor final no enfrenta penas de cárcel por la posesión personal, aunque sí deberá respetar las áreas libres de humo ya establecidas.




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